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Guía de Leyes Sobre Ciclomotores y Vespas en New York City

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    Conducir un ciclomotor o una vespa por NYC es mucho mejor para el ambiente y posiblemente más fácil de estacionar. Si usted ya conduce un ciclomotor o una vespa en la ciudad o está pensando en comprarse uno, es importante conocer las leyes para protegerse y evitar lesiones.

    Por lo general, se necesita una licencia para conducir un ciclomotor o una vespa en NYC, pero el tipo de licencia que se necesita varía según la clase de vehículo. La clase suele estar determinada por la velocidad máxima del ciclomotor, y los ciclomotores más rápidos y potentes se clasifican de forma muy parecida a las motocicletas. Las normas también varían según el vehículo en cuanto a si se requiere un caso y otras medidas de seguridad.

    Si usted fue lesionado en un accidente, llame al (347) 407-8536 para obtener ayuda de los abogados de lesiones personales en NYC de The Carrión Law Firm.

    Requisitos de Licencia y Seguridad para Ciclomotores y Escúteres en NYC

    Dependiendo del tipo de ciclomotor, escúter o vespa que usted esté conduciendo, usted tendrá que seguir diferentes requisitos de licencia y seguridad. Estos vehículos son a menudo conocidos como “motocicletas de uso limitado” bajo la ley de NY, y se dividen en vehículos de Clase A, Clase B y Clase C, y el Departamento de Vehículos de Motor (DMV, por sus siglas en inglés) de NY establece diferentes normas para cada clase de vehículo. Nuestros abogados de accidentes de motocicleta en Long Island explican la diferencia entre estas clases y los escúteres/bicicletas eléctricas:

    Clase A

    Las motocicletas de uso limitado de clase A son la clase de ciclomotores y escúteres que más se parecen a las motocicletas. Estos vehículos tienen una velocidad máxima de 30-40mph y son tratados igual que las motocicletas cuando se trata de licencias, registro y requisitos de seguridad. Si el vehículo supera las 40mph, en la mayoría de los casos se clasifica simplemente como motocicleta.

    Estos ciclomotores requieren que los conductores tengan una licencia de clase M (una licencia de motocicleta). También es aceptable una licencia de clase MJ (una licencia de motocicleta para conductores de 16 a 17 años). También se debe inspeccionar y registrar estos vehículos, y además, se debe tener un seguro para conducirlos.

    Al igual que las motocicletas, estos vehículos deben llevar casco y protección ocular (gafas o visera en el casco).

    Clase B

    Usted puede conducir una motocicleta de uso limitado de clase B con cualquier licencia, pero sigue estando obligado a registrarlo y a tener un seguro. Sin embargo, no es necesario someterla a inspecciones periódicas. Es obligatorio llevar casco y protección ocular, al igual que con una motocicleta.

    Los vehículos de clase B son aquellos que tienen una velocidad máxima de 20-30mph, lo que los hace más lentos que el tráfico en muchas partes de la ciudad.

    Clase C

    Las motocicletas de uso limitado de clase C son ciclomotores y escúteres con una velocidad máxima de 20mph o menos. Usted puede conducirlos con cualquier tipo de licencia, pero usted debe tener una licencia. Estos vehículos van lo suficientemente lentos como para no necesitar casco ni protección ocular, y no se necesita seguro ni inspecciones, sin embargo, sí es necesario registrar el vehículo.

    Escúteres Eléctricos y Bicicletas Eléctricas

    Es importante entender que los escúteres eléctricos (conocidos en inglés como e-scooters) y las bicicletas eléctricas (conocidas como e-bikes en inglés) constituyen una clase distinta de vehículos. Estos vehículos pueden tener donde pararse o un asiento junto con un manubrio.

    Los escúteres y las bicicletas eléctricas con una velocidad máxima de 20mph no requieren licencia de conducir, y tampoco requieren ser registrados o usar casco. Si la velocidad máxima es de 25mph, es obligatorio el casco, pero el resto de las normas son las mismas.

    ¿Dónde se Puede Conducir un Ciclomotor o una Vespa en NYC?

    Los ciclomotores y las vespas son vehículos más pequeños y mucho más fáciles de conducir que los carros y las motocicletas. Muchos conductores piensan que son mejores para moverse por la ciudad porque no tienen que limitarse a las carreteras y pueden moverse entre los carros para pasar el tráfico, pero en realidad eso es ilegal en NYC.

    Los ciclomotores y otras motocicletas de uso limitado deben ser conducidos en la carretera. Las restricciones son aún más estrictas para los ciclomotores de clase B y C, ya que sólo pueden ser conducidos por el carril derecho o el arcén, excepto cuando hay que moverse a la izquierda para girar a la izquierda. Los ciclomotores de clase A son los únicos que van lo suficientemente rápido como para mantenerse con el ritmo del tráfico de manera segura y son los únicos ciclomotores permitidos en todos los carriles de tráfico. Los ciclomotores no pueden ser conducidos por las aceras ni por los carriles de bicicleta.

    En cambio, los escúteres y las bicicletas eléctricos sólo pueden ser conducidos por calles con una velocidad máxima de 30mph y por los carriles de bicicleta. No están permitidos en autopistas, y hay que mantenerlos fuera de las aceras a menos que una norma local los permita explícitamente en ellas.

    El cambio de carril, o moverse entre carros utilizando el espacio cercano a la línea del carril, es ilegal en New York.

    ¿Una Vespa se Considera Ciclomotor, Escúter o Motocicleta en NYC?

    Bajo la ley de New York, una vespa normalmente tiene que ser definida como un escúter o bicicleta eléctrica, una motocicleta de uso limitado, o una motocicleta. Los términos escúter, ciclomotor y motocicleta (en ese orden) se ajustan bastante a estos términos específicos. Afortunadamente, la ley de New York basa la mayoría de las distinciones en la velocidad máxima y no en detalles como el tamaño del motor, lo que facilita un poco la cuestión.

    Lo que complica la cuestión es que las vespas varían en velocidad y potencia, lo que significa que algunas vespas son ciclomotores y otras pueden ser motocicletas. Por lo general, los escúteres se pueden descartar, ya que la mayoría de las vespas van demasiado rápido para calificar como un escúter eléctrico bajo la ley de New York.

    Algunas vespas se fabrican específicamente teniendo en cuenta estas leyes y tienen velocidades limitadas a 30mph para saber que pueden considerarse ciclomotores de clase B o C en lugar de motocicletas. En ese caso, usted puede conducirlas con una licencia de conducir normal. Si su vespa va más rápido, es posible que usted necesite una licencia de motocicleta para conducirla.

    Cómo las Leyes de Ciclomotores y Vespas Afectan los Accidentes en NYC

    Si usted está involucrado en un accidente mientras conduce un ciclomotor o una vespa, es importante que usted estuviera cumpliendo con todas las leyes. Si usted conducía sin licencia o tenía el tipo equivocado de licencia para su vehículo, podría ser usado en su contra en el tribunal. Usted también podría ser acusado de contribuir a sus propias lesiones si usted estaba conduciendo en el lugar equivocado o no tenía casco, así que asegúrese de seguir todas las normas y requisitos al conducir su ciclomotor en NYC.

    Llame Hoy a Nuestros Abogados de Accidentes de Ciclomotor y Motocicleta

    Si usted fue herido en un accidente, llame hoy a nuestros abogados de accidentes de motocicleta en NYC de The Carrión Law Firm al (347) 407-8536.